El Escmo. Sr. Secretario de Estado y del Despacho de la Gobernacion de la Península, me dice con fecha 19 de julio último, lo siguiente : las Cortes, habiendo tomado en consideracion la esposicion del Ayuntamiento constitucional de esta M.H. Villa, dirigida por V.E. en 28 del corriente solicitando una declaracion sobre quíen ha de sustituir á su Secretario en caso de enfermedad ó de otro impedimento temporal, se ha servido resolver por punto general, que en las ausencias y enfermedades de los Secretarios de los Ayuntamientos constitucionales hagan sus veces los Oficiales mayores de las mismas Secretarías... / Gobierno Político Superior de la Provincia de Granada, Seccion de Gobierno Político
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