Instruccion. Que deberá observarse por los Intendentes, Contadores, Tesoreros de Exército y...
Contenido de la obra
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Instruccion. Que deberá observarse por los Intendentes, Contadores, Tesoreros de Exército y Provincia, Directores de Provisiones, y Subalternos respectivos, para la ordenacion de sus cuentas, formacion de ajustes, y liquidacion de suministros de los Exércitos de operaciones.Enlace externo en Fondo Antiguo de la Universidad de Sevilla
Registro bibliográfico
Registro
- Título: Instruccion. Que deberá observarse por los Intendentes, Contadores, Tesoreros de Exército y Provincia, Directores de Provisiones, y Subalternos respectivos, para la ordenacion de sus cuentas, formacion de ajustes, y liquidacion de suministros de los Exércitos de operaciones.
- Autor: España . Armada Nacional
- Publicación original: [lugar no identificado : editor no identificado, 1814?]
- Descripción física: [4] h. ;. 30 cm
- Notas de reproducción original: Reproducción digital del original conservado en la Biblioteca de la Universidad de Sevilla
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Nota:
- Nota Area Public. Texto fechado en Palacio, 23 de Diciembre de 1814
- Idioma: español
- Institución origen: Fondo Antiguo de la Universidad de Sevilla
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Encabezamiento de materia:
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Nombres relacionados:
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Título relacionado:
- Instrucción, 1814-12-23